El derecho de asociación supone la libre voluntad de las personas para agruparse con objeto de participar en una finalidad común, así como compartir conocimientos y actividades. A partir de estas consideraciones básicas del fenómeno asociativo, la ciudadanía logra vertebrarse en la sociedad y contribuye decisivamente al fortalecimiento de las estructuras democráticas de las instituciones políticas y al enriquecimiento de la diversidad cultural en un movimiento colectivo más vivo y dinámico.
Desde éste Ayuntamiento, facilitamos los documentos necesarios para registrar una Asociación, y el lugar dónde han de dirigirse, posteriormente facilitamos las gestiones para inscribirlas una vez estén legalmente constituidas, en el registro municipal de Asociaciones.
- Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía.
- Decreto 152/2002, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organizacion y funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucia.
- Corrección de errores de la Resolución de 25 de febrero de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se da publicidad a los formularios normalizados de solicitudes al Registro de Asociaciones de Andalucía
- Resolución de 25 de febrero de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se da publicidad a los formularios normalizados de solicitudes al Registro de Asociaciones de Andalucía.
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Respecto a la Participación Ciudadana CAPÍTULO II, artículos 227,228,229,230,231,232,233,234,235 y 236.
A continuación se puede descargar tríptico y enlace de la Guía de Asociaciones.